TERMINOS Y CONDICIONES POR CUSTODIA DE PRENDAS DE VESTIR
1. Una vez que LA FESTA recibe la(s) prenda(s) de vestir, se le asigna un código
interno y se etiqueta, este proceso puede durar una semana, para luego ser exhibida(s) en
tienda.
2. La propietaria es la que fija el valor de arriendo de cada una de las prendas
que pone en custodia. Y LA FESTA se compromete a pagar a la propietaria el 35% del valor
neto del arriendo (descontado impuestos) cada vez que la(s) prenda(s) sea(n)
arrendada(s), cuyo pago se hará efectivo dentro del plazo de 7 días.
3. La propietaria fijará por cada prenda que ponga en custodia una garantía la que debe ser cobrada por LA FESTA cada vez que la(s) prenda(s) sea(n) arrendada(s).
Esta garantía será devuelta íntegramente a la arrendataria una vez que la prenda retorne
en perfectas condiciones. De lo contrario, LA FESTA hará efectiva la garantía y la pagará
íntegramente a la propietaria en compensación al daño de la prenda.
4. En caso de que una prenda de vestir no sea arrendada y permanezca
inactiva por un período mayor a los dos meses, esta podría ser causal de devolución de la
prenda a su propietaria.
5. La propietaria podrá retirar las prendas puestas en custodia cada vez que
desee, avisando a LA FESTA con anticipación, y quedando sujeta su entrega a si está o no
comprometida en arriendo, en cuyo caso el arriendo tendrá prioridad. Si la prenda está
comprometida en arriendo posterior a la fecha en que la propietaria la retire, ésta deberá
dejar pagado un valor en garantía correspondiente al valor de arriendo de la misma. La
propietaria deberá devolver la(s) prenda(s) con 4 días de anticipación a la fecha puesta en
su conocimiento (fecha de arriendo posterior), en caso de no cumplir dicho plazo se hará
efectiva la garantía.
6. La propietaria debe entregar en perfectas condiciones la(s) prenda(s) de
vestir, esto es limpia(s) y planchada(s), cada vez que quiera ponerla(s) en custodia. De no
ser así se cobrará extraordinariamente el valor de la limpieza de ella(s).
7. LA FESTA se responsabiliza por el cuidado y mantención de las prendas en
custodia, asegurando la adecuada protección de las mismas. Sin embargo, los daños
mínimos causados por la exposición de la(s) prenda(s) a lo largo del tiempo NO son
indemnizables mediante la garantía y quien provee la(s) prenda(s) para arriendo debe
asumir este riesgo. En caso de robo o pérdida de la prenda de vestir, se responderá por el
valor de la(s) garantía(s) que la propietaria determinó para cada prenda.